JURISPRUDENCIA PUBLICADA EL 12 JUNIIO 2026:

SOBRE ACOSO LABORAL: PERSPECTIVA DE GÉNERO EN MATERIA LABORAL. LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES TIENEN LA OBLIGACIÓN DE APLICARLA EN CASOS DE ACOSO LABORAL.

PLENO SCJN - JURISPRUDENCIA - 12 JUN 2026 - REG 2032268 - OBLIGATORIA 15 JUN

Pleno SCJN: Obligatoria perspectiva de género en acoso laboral vertical descendente

Tesis: P./J. 126/2026 (12a.) • Pleno SCJN • ADR 4826/2025 vs UNAM • Publicada 12 jun 2026

Criterio: Cuando trabajadora argumenta acoso laboral por superior jerárquico (vertical descendente), autoridad laboral debe aplicar perspectiva de género. Solo alegarlo basta para presumir asimetría poder y categoría sospechosa género. Negar amparo por falta indicios es ilegal.

Justificación Pleno 9 votos unánime:
- Arts 1 y 123 Const: Estado y patrón deben garantizar entornos libres violencia y discriminación
- Mujeres derecho a vida libre violencia + acceso justicia igualdad exige juzgar con perspectiva género
- Herramienta interpretativa: 1) reconocer contexto socio-cultural mujer 2) eliminar barreras desventaja
- Detectada asimetría: analizar hechos, ordenar pruebas necesarias, cuestionar neutralidad derecho, evaluar impacto diferenciado
- Omisión Junta pronunciarse sobre acoso es violación
Demanda: Si denunciaste acoso jefe y Junta no aplicó perspectiva género ni ordenó pruebas, amparo directo con esta tesis P./J. 126/2026.
📄 Ver Tesis Oficial P./J. 126/2026 - Registro 2032268 - SCJN Pleno

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CEAJ Abogados - Acoso Laboral con Perspectiva Género

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Fuente: Gaceta SJF Libro 10 Jun 2026 Tomo II Vol 1 pag 92 - P./J. 126/2026 (12a.) Registro 2032268 - Obligatoria 15 jun 2026 - ADR 4826/2025 vs UNAM - Ponente Esquivel Mossa - Arts 1 y 123 Const